Automotores Orletti

Ley Nº 2112

Buenos Aires, 19 de octubre de 2006.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, el inmueble ubicado en la calle Gral. Venancio Flores 3519/21, entre las calles Emilio Lamarca y San Nicolás, asiento del ex centro de detención clandestino y base operativa del denominado "Plan Cóndor", conocido como "Automotores Orletti" o "El Jardín" e individualizado catastralmente como Circunscripción 1ra., Sección 77, Manzana 123, Parcela 16.

Artículo 2°.- La edificación existente en el inmueble expropiado deberá ser conservada en el estado actual, en la medida necesaria para resguardar los elementos testimoniales que hacen a su valor histórico-cultural y configuran la memoria histórica colectiva de la Ciudad.

Artículo 3°.- El Poder Ejecutivo, con participación de los organismos de derechos humanos y las organizaciones sociales de la región urbana en que se emplaza el inmueble, definirá los usos del lugar.

Artículo 4°.- La autoridad de aplicación de la presente ley es el Instituto Espacio para la Memoria, conforme Ley N° 961.

Artículo 5°.- Autorízase al Poder Ejecutivo a adquirir dicho inmueble en los términos y procedimientos establecidos por la Ley N° 238.

Artículo 6°.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley dentro de los noventa (90) días de la sanción de la misma.

Artículo 7°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán imputados al Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del Ejercicio correspondiente al año 2006.

Artículo 8°.- Comuníquese, etc.

LEY Nº 2.112
Sanción: 19/10/2006
Promulgación: Decreto Nº 1.942/006 del 16/11/2006
Publicación: BOCBA N° 2571 del 22/11/2006

 

 

INSTITUTO ESPACIO PARA LA MEMORIA
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